11 Organizaciones de conservación piden convocatoria del Expediente 21.754

(San José, Costa Rica – 2 de agosto, 2022).  Una coalición de 11 Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) para la conservación de la naturaleza solicitó el pasado lunes a los diputados de la Asamblea Legislativa que convoquen durante la siguientes sesiones ordinarias el proyecto de ley “Reforma al Párrafo Cuarto del Artículo 1 de la Ley de Conservación de Vida Silvestre (#21.754)”, para garantizar protección efectiva para las especies amenazadas de tiburones que actualmente se pescan y comercializan en el país.

https://www.cremacr.org/wp-content/uploads/2022/08/TiburonesElPlenarioYA-3.pdf

Según estadísticas oficiales, entre un 40-50% de la descarga de la flota palangrera nacional consiste en especies amenazadas de tiburón, reconocidas como tal por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (R-SINAC-CONAC-008-2021) y que están además protegidas por la Convención Sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES).  Tanto la Ley de Conservación de Vida Silvestre (LCVS) en sus artículos 14 c) y 75, como la Ley de Pesca y Acuicultura (LPA) en su artículo 140, prohíben la captura y comercialización de estas especies.  No obstante, en la actualidad la extracción y comercialización de las especies amenazadas de tiburón se realiza bajo la tutela del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA), sin restricción de cuota ni talla, al amparo de Decretos Ejecutivos (4379 del 4 de mayo 2017 y 42842 del 18 de febrero 2021) que argumentan que las especies amenazadas de tiburón no son vida silvestre sino especies comerciales.

La coalición de ONGs señala varios vicios en la promulgación de estos Decretos Ejecutivos.

  • Según jurisprudencia constitucional (Res: 1999-01250 19/2/1999), la caza y comercialización de una especie en Peligro de extinción y enlistada en el Apéndice I de la CITES, en este caso la tortuga verde, resulta inconstitucional por violar la CITES y el Principio de Precaución.
  • La CITES en su artículo 14, permite que un país adopte políticas domésticas más restrictivas que la misma convención, incluso una prohibición total al comercio.
  • Se utilizan normas como Decretos Ejecutivos para contradecir y vulnerar lo establecido en normativa superior, como la LCVS y la LPA, lo cual constituye una violación del Principio de Jerarquía Normativa.

“Como resultado de estas políticas contradictorias, ha sido imposible para Costa Rica la definición y adopción de políticas de conservación para las especies amenazadas de tiburones que sean efectivas,” explicó el biólogo costarricense Randall Arauz, de la organización Marine Watch International, con sede en San Francisco, California.  “La Reforma al párrafo 4 del Artículo 1 de la LCVS brindaría la protección estricta que tanto necesitan las especies amenazadas de tiburón, lo cual sería congruente con la LCVS, la LPA, la CITES y la Constitución de la República, y proporcionaría a Costa Rica la autoridad moral para liderar procesos de conservación marina globales, precisamente lo que espera el mundo de nuestro país,” afirmó Arauz.

Para más información:

Randall Arauz
Marine Watch International.
rarauz@marinewatch.org | +506 8708 8253