Actualización Campaña Tiburones 2023

Como les informamos hace unas semanas, la Asamblea Legislativa decidió devolver el Proyecto de Ley “Reforma al Párrafo Cuarto del Artículo 1 de la Ley de Conservación de Vida Silvestre (Expediente N° 21.754)” a la Comisión de Ambiente, misma que hubiera promulgado que los tiburones son vida silvestre amenazada bajo la rectoría del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE).  Esta lamentable decisión carece de justificación alguna.

¡Todavía podemos lograr que el proyecto sea enviado de vuelta al Plenario para su discusión y voto, pero necesitamos su ayuda!

Envíen la siguiente nota a los miembros de la Comisión de Ambiente.  ¡Tenemos apenas dos semanas de tiempo!  ¡A correr!  Compartan con su amigos, familiares, cualquiera que ame el mar y sus preciosas especies amenazadas… ¡que somo todos los costarricenses!

¡OJO!  Abajo está la información de apoyo:

Actualización Campaña Tiburones 2023

Petición

Envío URGENTE: proyecto 21.754 al Plenario Tiburones

Comisión de Ambiente Asamblea Legislativa de Costa Rica Honorables Diputados.

Por este medio les saludamos atentamente, a la vez que les exhortamos a interponer sus buenos oficios y envíen inmediatamente el proyecto de ley Reforma al Párrafo Cuarto del Artículo 1 de la Ley de Conservación de Vida Silvestre (Expediente N° 21.754)” al Plenario para su discusión y voto durante el periodo actual de sesiones ordinarias. Dicho proyecto aclara que las especies marinas amenazadas, como los tiburones, y reconocidas como tal por el Estado, están bajo la rectoría del Ministerio de Ambiente. Como es evidente, no existe justificación alguna para haber devuelto el proyecto a esta Comisión de Ambiente.

-- El proyecto ya había sido dictaminado positivamente por la Comisión de Ambiente de la legislatura anterior en el 2021.

-- Como el tiburón martillo, el tiburón zorro y el tiburón sedoso están en la Lista de Especies de Vida Silvestre Marino Costera en Peligro de Extinción y Amenazadas del SINAC, su extracción y comercio es contraria a la Ley de Conservación de Vida Silvestre (artículos 14c y 75), a la mismísima Ley de Pesca (artículo 140), y a jurisprudencia de la Sala Constitucional (Exp: 98-003684-0007-CO Res: 1999-01250, 19/2/1999).

-- La reciente sentencia de Sala I de la Corte Suprema de Justicia (Exp. 17-008322-1027-CA Res. 000912-F-S1-2023, 21/6/2023) confirma que los tiburones son vida silvestre, y que su declaratoria como especies comerciales (AJDIP 290- 2017) fue un acto ilegal de nulidad absoluta.

En vista de lo anterior, les exhortamos nuevamente a que envíen el proyecto en cuestión de vuelta al plenario de manera inmediata para su discusión y votación.

Atentamente,

%%tu firma%%

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Información de apoyo

El proyecto había sido dictaminado positivamente por al Comisión de Ambiente desde el 2021, y esperaba ser agendado por los Jefes de Fracción para discusión y voto durante el periodo actual de sesiones ordinarias (que termina el 31 de Octubre).

Las especies de tiburón más capturadas en Costa Rica y que constituyen el 40% de la descarga nacional (Arauz y Madrigal, 2022) son dos especies de tiburón martillo (En Peligro Crítico de Extinción), dos especies de tiburones zorro, el pelágico y el ojón (En Peligro de Extinción y Vulnerable, respectivamente), y el tiburón sedoso (Vulnerable).  Estas especies están incluidas en el Listado de Especies de Vida Silvestre Marino Costeras En Peligro de Extinción o Amenazadas del Sistema Nacional del Áreas de Conservación (R-SINAC-CONAC-008-2021) por la que deben gozar de protección estricta del comercio doméstico e internacional (artículo 14c y 75 de la Ley de Conservación de Vida Silvestre; artículo 140 de la Ley de Pesca; y Jurisprudencia Constitucional Exp: 98-003684-0007-CO Res: 1999-01250, 19/2/1999).

La reciente sentencia de Sala I de la Corte Suprema de Justicia (Exp. 17-008322-1027-CA Res. 000912-F-S1-2023, 21/6/2023) confirma que los tiburones son vida silvestre, y que su declaratoria como especies comerciales por parte de INCOPESCA (AJDIP 290- 2017) fue un acto ilegal de nulidad absoluta.